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Sol de Funes: proponen pagar la tasa de edificación con materiales

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Obra del hotel Sol de Funes alcanzada por la tasa de edificación

La obra de Sol de Funes, alcanzada por la tasa de edificación.

El Ejecutivo de Funes pidió autorización al Concejo Municipal para que el emprendimiento Sol de Funes cancele parte de la tasa de edificación con materiales en lugar de dinero. Serían 50,4 millones de pesos destinados a las columnas de los pórticos de ingreso a la ciudad. El proyecto ingresó el 6 de agosto y pasó a comisión.

La Municipalidad de Funes elevó al Concejo un proyecto de ordenanza que autoriza, con carácter estrictamente excepcional, una compensación de deuda. El beneficiario sería el Emprendimiento Comercial Hotel de Campo Sol de Funes, a cargo del Fideicomiso Sol de Funes.

La iniciativa ingresó como expediente 14232/26 DE, a través del mensaje 057/2026, y quedó girada a la Comisión de Presupuesto y Hacienda. Recién cuando el cuerpo la trate, la compensación podrá hacerse efectiva.

Cómo se calcula la tasa de edificación

El Certificado de Aportes Profesionales del Colegio de Arquitectos determinó un monto de obra de 6.727.122.652 pesos. Sobre esa base, la Dirección de Obras Particulares practicó la liquidación correspondiente.

El resultado es de 100.906.839,78 pesos, cifra que equivale al 1,5% del monto de obra, tal como lo fija el artículo 41 de la Ordenanza Tributaria N° 078/94. Se trata de la alícuota general que rige para cualquier obra nueva en la ciudad.

El proyecto, en cambio, propone aplicar al caso un régimen especial de fomento. Esa alícuota reducida es del 0,75%, la mitad de la general, y hasta ahora regía solo para las empresas radicadas en el Parque Industrial de Funes.

Materiales para los pórticos de ingreso

Aplicada esa alícuota reducida, la suma alcanza los 50.453.419,89 pesos. Ese es el monto que el emprendimiento cancelaría mediante la provisión de materiales.

Los materiales tienen un destino concreto: según los fundamentos, se usarían para fabricar las columnas de los pórticos de ingreso a la ciudad de Funes. Así, el Municipio recibe insumos para una obra que ya venía llevando adelante.

La operación queda condicionada. Antes de efectivizarse, hay que incorporar al expediente la orden de compra, la factura y las constancias de recepción.

Por qué debe autorizarlo el Concejo

La Ordenanza Fiscal vigente no contempla la compensación de obligaciones contra el Municipio. Por eso, la operación no procede de pleno derecho y necesita una autorización expresa.

Solo el Concejo puede disponer excepciones al régimen de percepción de tributos municipales, tal como lo establecen los artículos 65 y 66 de la Ley Orgánica de Municipios N° 14.436.

Como antecedente, el proyecto cita la Ordenanza N° 1225/19, que otorgó la prefactibilidad comercial al emprendimiento e incluyó un Compromiso de Responsabilidad Empresaria. Ese compromiso ya preveía obras de infraestructura pública en sustitución de aportes en dinero.

Qué pasa con el resto de la tasa de edificación

El proyecto aclara que la compensación no implica una merma para el erario público, ya que se trata de la extinción recíproca de obligaciones ciertas entre las mismas partes.

El saldo restante, en tanto, deberá abonarse en dinero, una vez producida la efectiva entrega de los materiales.

El texto también deja constancia de su alcance: la autorización es de carácter estrictamente excepcional, no modifica el régimen general de percepción de tributos ni genera precedente administrativo.

Más información sobre la ciudad en la sección Funes y el detalle institucional en el sitio oficial del Municipio.

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