Patrimonio histórico de Rosario: un proyecto prevé cuidar monumentos en marchas y reclamar el costo de las reparaciones
Movilización en el Monumento a la Bandera. Foto de archivo.
Un proyecto de ordenanza crearía un protocolo para proteger el patrimonio histórico de Rosario en marchas y actos masivos, y reclamar los gastos de reparación a los responsables.
La concejala Sabrina Prence (Nación y Libertad) presentó un proyecto de ordenanza en el Concejo Municipal de Rosario. La iniciativa crearía un protocolo preventivo para cuidar edificios y monumentos durante movilizaciones y actos de concurrencia masiva. El expediente 283152-P-2026 ingresó en la sesión del jueves 15 de octubre y fue girado a la comisión de Gobierno. Por ahora es solo un proyecto: no fue tratado ni votado.
Según el texto, el protocolo abarcaría “las movilizaciones, manifestaciones, concentraciones, actos públicos, festejos y demás actividades” que reúnan a un número significativo de personas en el espacio público. Alcanzaría a todas, “cualquiera sea su finalidad u organizador”. Además, incluiría las actividades organizadas o auspiciadas por el propio Municipio.
Qué bienes del patrimonio histórico de Rosario abarcaría
En cuanto a los bienes protegidos, el proyecto incluye los inmuebles catalogados. Son los del Inventario y Catálogo de Edificios y Sitios de Valor Patrimonial. Ese registro está previsto por la Ordenanza 8.245. También suma monumentos, esculturas, fuentes, placas y otros elementos de valor histórico o artístico ubicados en el espacio público. Por último, comprende los sitios de memoria. También, los bienes declarados de valor histórico por Nación o Provincia dentro del ejido municipal.
Para cuidar ese patrimonio histórico de Rosario, el protocolo debería contemplar como mínimo una serie de medidas. La primera es identificar con anticipación los bienes ubicados en recorridos y puntos de concentración o desconcentración. Luego, evaluar los riesgos de cada bien según su materialidad, su estado de conservación y sus antecedentes de afectación.
Por otro lado, el texto prevé “protecciones físicas reversibles o cobertores de bajo impacto estructural” sobre fachadas, monumentos y esculturas. Suma señalización preventiva cuando resulte conveniente. Además, prevé personal municipal y monitoreo cuando la magnitud o el recorrido de la actividad lo requieran. También incluye la coordinación entre las áreas de patrimonio, espacio público, movilidad y protección civil. Finalmente, contempla mecanismos de actuación inmediata y de posterior remediación o limpieza.
Alerta preventiva y recorridos alternativos para cada convocatoria
El proyecto le encarga al Departamento Ejecutivo un mecanismo de “Alerta Preventiva Patrimonial”. Se activaría cuando se conozca una movilización o actividad masiva que pudiera desarrollarse cerca de bienes protegidos.
Por otra parte, el artículo 5 regula el contacto con quienes convocan. Eso ocurriría cuando una movilización o acto masivo tome conocimiento público o se informe al Municipio. En ese caso, el Municipio procuraría comunicarse con las organizaciones, entidades o personas que convocan. El objetivo sería informar qué bienes patrimoniales hay en el sector y transmitir recomendaciones preventivas.
En este sentido, el Municipio también podría proponer y coordinar “recorridos o puntos de desconcentración alternativos”. La idea sería evitar o reducir el paso por sectores con inmuebles o monumentos protegidos. Esa comunicación debería hacerse “con una antelación razonable”, siempre que haya información suficiente sobre la convocatoria. Además, el protocolo incluiría la evaluación previa de trazados alternativos para los sectores de “alta densidad patrimonial”.
Cabe señalar que el artículo 6 fija criterios de “generalidad, razonabilidad, proporcionalidad y no discriminación”. Así, no podría haber distinciones según la finalidad o la expresión política, social, cultural o religiosa de cada movilización. Según el texto, las medidas o la sugerencia de recorridos “en ningún caso” podrán interpretarse “como una restricción indebida al derecho constitucional de reunión, expresión o manifestación”.
Quién pagaría los daños al patrimonio histórico de Rosario
Los gastos de prevención, protección y remediación saldrían del Fondo de Preservación Urbanística. Ese fondo fue creado por la Ordenanza 5.278. A la vez, el Ejecutivo reclamaría el reintegro de los gastos de limpieza, remediación y reparación de los bienes afectados. Ese reclamo apuntaría a tres grupos:
- los titulares del permiso de uso del espacio público, cuando la actividad lo haya requerido;
- los organizadores que hayan asumido voluntariamente compromisos de limpieza o reparación, en la medida de lo comprometido;
- los autores de los daños y demás responsables, según el Código Civil y Comercial de la Nación.
En el caso de los permisionarios, el Municipio “podrá exigir” un seguro o una garantía. Sería una condición del permiso para cubrir esos daños. El reclamo seguiría un procedimiento que garantice el derecho de defensa. Además, solo incluiría los costos “efectivamente incurridos y debidamente documentados”. El texto aclara un punto clave: “La sola condición de convocante u organizador de una reunión o manifestación pública no generará responsabilidad por los daños causados por terceros”.
Los antecedentes y los plazos del proyecto
Los fundamentos repasan las normas que ya protegen el patrimonio histórico de Rosario. Citan la Ordenanza 6.171 de 1996. Con ella se puso en marcha el Programa de Preservación del Patrimonio Histórico, Urbano y Arquitectónico. También mencionan la Ordenanza 8.245 de 2008, modificada por la 10.838 de 2025. Esa norma regula el Inventario y los grados de protección. Además, recuerdan las obras de 2025 en el casco histórico por el Tricentenario de la ciudad. Entre ellas, la puesta en valor de la Catedral Basílica Nuestra Señora del Rosario. También, la renovación de la fachada del Palacio Municipal y la restauración del Pasaje Juramento.
Según el proyecto, los daños sobre mamposterías o materiales originales “suelen ser irreversibles”. Por eso, plantea acompañar la inversión pública con “políticas permanentes de prevención”. Los fundamentos sostienen además que las movilizaciones y actos públicos son “expresiones fundamentales de una sociedad democrática”. En consecuencia, el marco preventivo buscaría cuidar los bienes “sin establecer restricciones ni distinciones al pleno ejercicio de los derechos constitucionales de reunión, expresión y manifestación popular”.
Si el Concejo lo aprobara, el Ejecutivo definiría qué área se encarga de aplicar la norma. Además, tendría 90 días desde la promulgación para poner en vigencia el protocolo del patrimonio histórico de Rosario. El expediente puede seguirse en el buscador de expedientes del Concejo Municipal de Rosario.
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