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Supermercados, shoppings y grandes cadenas no abren hoy en Rosario por el Día del Empleado de Comercio

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Supermercados, shoppings y grandes cadenas no abren hoy en Rosario por el Día del Empleado de Comercio

Imagen generada con inteligencia artificial.

Empleado de comercio: La celebración, que caía el sábado 26 de septiembre, se trasladó a este lunes 28 por un acuerdo entre Faecys y las cámaras empresarias. En los comercios más chicos, abrir o no depende de cada dueño.

Hoy, lunes 28 de septiembre, los supermercados, los shoppings y las grandes cadenas de Rosario permanecen cerrados por el Día del Empleado de Comercio. La fecha se celebra cada 26 de septiembre, pero este año cayó sábado y se corrió dos días. En el resto de los comercios, la apertura depende de cómo se organice cada uno.

El cambio de fecha salió de un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las cámaras del sector. El gremio mercantil de Rosario adhirió a la medida y anticipó qué rubros no abren en la ciudad.

Empleado de comercio: Quiénes firmaron el acuerdo

Además de Faecys, suscribieron el acuerdo la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca).

Según explicaron las entidades, el objetivo del traslado es que los trabajadores mercantiles puedan celebrar su día con los alcances laborales que la ley prevé para la actividad.

Qué cierra y qué puede abrir

  • Cierran: supermercados, shoppings y grandes cadenas, según anticipó el gremio local.
  • Resto de los comercios: no hay una regla general. Abrir o no depende de la organización de cada establecimiento.

Cómo se paga la jornada

Para los empleados de comercio, el día tiene los mismos efectos legales que un feriado nacional, tal como establece la ley 26.541 para esta fecha. Eso implica:

  • Quien trabaje debe cobrar la jornada con un recargo del 100%.
  • Quien descanse percibe su sueldo habitual, sin descuentos.
  • No cuenta como franco: el Día del Empleado de Comercio no puede computarse como franco compensatorio del descanso semanal. Si un trabajador ya tenía asignado su franco para este lunes, lo conserva y se le corre a otra jornada.

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