Entre Ríos ordenó restituir 807 ha del Delta a Rosario
Un fallo judicial dispuso devolver al Municipio de Rosario 807 hectáreas de humedales —parte del Legado Deliot— “libres de personas y cosas”. Ordena dos indemnizaciones: U$S 486.000 por privación de uso (con intereses) y $66.840.000 para remoción y recomposición ambiental.
Restitución humedales Delta Rosario. La Justicia de Entre Ríos ordenó restituir al Municipio de Rosario un predio de 807 hectáreas en el Delta del Paraná, perteneciente al Legado Deliot, y dispuso la entrega “libre de personas y cosas”. La sentencia también fija indemnizaciones: U$S 486.000 por privación de uso —con intereses— y $66.840.000 destinados a remoción de estructuras y recomposición ambiental.
El fallo describe alteraciones del humedal —como terraplenes y alteos— que modificaron la topografía y el régimen hídrico, afectando funciones ecológicas clave (anegamiento, almacenamiento de agua y biodiversidad). Con la recuperación del dominio, el Municipio podrá retomar el destino público del área como Reserva Municipal Los Tres Cerros.
El predio está en la zona isleña del Delta del Paraná, frente a Rosario, y forma parte del corredor de humedales que amortigua crecidas, regula microclimas y sostiene actividades de bajo impacto. Para el área metropolitana Rosario–Funes–San Lorenzo, la decisión acelera la agenda de conservación, prevención de incendios y usos compatibles (educación ambiental, investigación, control de riesgo).
El caso vuelve a poner a los humedales en el centro del debate: acceso público, soberanía municipal sobre bienes legados y responsabilidad por daños. La restitución con recomposición es leída como un precedente en clave de gestión integrada del Delta.
Desde ámbitos municipales señalan que el fallo “permite restaurar y ordenar un área estratégica del Delta”. Referentes ambientales consultados destacan que los montos asignados a remoción y recomposición “son un piso para iniciar trabajos, que requerirán planificación y seguimiento”.
Se esperan eventuales apelaciones, definición de plazos de restitución y un cronograma de restauración: apertura de pasos de agua, retiro de terraplenes y estructuras, revegetación con nativas y control de especies exóticas. La Municipalidad deberá coordinar con Entre Ríos y organismos competentes para ejecutar las tareas sin agravar impactos.