Choferes con condena firme podrían quedarse sin licencia hasta siete años en Rosario
Un taxi en Rosario. Foto · Wikimedia Commons
Un proyecto de la concejala Samanta Arias alcanza a taxis, remises, colectivos, transporte escolar y aplicaciones. Fue presentado el 1 de octubre y todavía no se votó. Además, suma una falta municipal por acoso, también por mensajes.
Un proyecto de ordenanza presentado en el Concejo Municipal de Rosario propone que los choferes con condena penal firme por delitos cometidos contra pasajeros o con el vehículo como instrumento queden sin licencia de conducir. También quedarían sin habilitación para trabajar hasta siete años. Además, crea una falta municipal por acoso sexual a pasajeros, incluso a través de mensajes. La iniciativa es de la concejala Samanta Arias. Ingresó en la sesión del jueves 1 de octubre y todavía tiene que pasar por comisión y votarse (expediente 282926).
A quiénes alcanzaría
El texto abarca a taxis, remises, el transporte colectivo urbano, el transporte escolar y cualquier servicio de traslado de pasajeros dentro de Rosario. Incluye de manera expresa los viajes contratados por aplicaciones o plataformas, tenga o no habilitación formal quien los presta. También comprende toda clase de licencias de conducir, particulares y profesionales.
Qué pasaría tras una condena
La medida se aplicaría solo si hay una sentencia penal firme por alguno de los delitos que enumera un anexo. Además, el hecho tendría que haberse cometido contra un pasajero, aprovechando la condición de conductor, o usando el vehículo como instrumento. La condena por sí sola no alcanza: hay que acreditar ese vínculo.
Si se dan las dos condiciones, la autoridad municipal tendría que denegar o suspender cualquier licencia, sin importar la categoría. También tendría que cancelar la habilitación, la credencial de conductor y el registro en plataformas. Los plazos serían de siete años para los delitos cometidos de forma directa contra el pasajero, como homicidio, lesiones o abuso sexual. Serían de cinco cuando el vehículo fue el instrumento, como en homicidios o lesiones culposas, robos o extorsión. Y de siete, sin rehabilitación anticipada, para los casos agravados. Se contarían desde que se cumple o extingue la pena de prisión. Si la pena es condicional o de multa, se cuentan desde que la condena queda firme. El proyecto aclara que la restricción nunca sería perpetua ni superaría los siete años. Y si un juez ya impuso una inhabilitación, la municipal rige solo por el tiempo restante.
El afectado tendría cinco días hábiles para presentar su descargo. Solo podría probar un error de identidad, que no hay condena firme o que falta el vínculo con el servicio. Cumplida la mitad del plazo, podría pedir la rehabilitación. Para eso hace falta un informe de conducta, una evaluación psicofísica y un examen teórico-práctico. No alcanza a los casos agravados ni a los reincidentes.
Una falta por acoso
El proyecto tipifica como falta municipal que un chofer, durante el servicio o usando datos que obtuvo en él, envíe a un pasajero o ex pasajero mensajes de contenido sexual no consentido. También lo es que haga comentarios o gestos de connotación sexual sobre su cuerpo, insista en el contacto o proponga encuentros después de un rechazo. Igual ocurre si usa su teléfono, perfil o ubicación para hostigarlo. Un solo hecho alcanza para configurarla. Se agrava si el pasajero es menor, si hay imágenes, audios o videos explícitos o si el chofer persiste tras el rechazo.
Las sanciones serían una multa de 100 a 1.000 unidades fijas (UF) y la suspensión de la habilitación de 30 a 180 días. Si la falta es agravada, la suspensión sube a entre 180 días y un año, más la multa máxima. En caso de reincidencia dentro de los dos años, se cancelaría la habilitación por cinco años. Además, se suspendería la licencia de cinco a diez años. En todos los casos, el infractor tendría que aprobar un curso municipal de prevención de violencia de género. La identidad de quien denuncia sería reservada y se prohibirían las represalias.
Un punto central: estas sanciones solo se aplicarían cuando exista una resolución o sentencia judicial firme. Puede ser penal, contravencional, civil o de familia, y tiene que acreditar los hechos. La municipalidad actuaría sin reabrir la prueba.
Qué se les pediría a las aplicaciones
Las plataformas tendrían que dar de baja y bloquear al conductor dentro de las 24 horas de notificada la resolución. No podrían reactivarlo. También deberían exigir a los choferes que acrediten ante el municipio, cada año, que no tienen impedimentos penales. Además, tendrían que ofrecer un canal de denuncia visible dentro de la aplicación. Y conservar durante 12 meses los registros de viaje y de mensajería, que solo se entregarían a la Justicia. El incumplimiento se castigaría con multas de 500 a 5.000 UF. Si se repite, el Tribunal podría ordenar la suspensión o la baja de la plataforma del registro municipal. El texto aclara que esto no las obliga a vigilar de antemano las comunicaciones privadas.
Los fundamentos
Según los fundamentos del proyecto, el pasajero suele viajar en condición de vulnerabilidad. El conductor accede a sus datos personales, de ubicación y de contacto. Además, el canal de mensajes de las aplicaciones fue usado por la delincuencia para el hostigamiento sexual y la coacción. Sostienen también que la ordenanza no crea delitos ni penas, materia del Congreso nacional. Lo que establece son requisitos de idoneidad para actividades que regula el municipio. Y actúa de forma complementaria a las inhabilitaciones que dicten los jueces.
Lo que sigue
El proyecto rige solo para hechos posteriores a su entrada en vigencia. Prevé un registro municipal reservado de personas alcanzadas. También convenios con el Poder Judicial, el Ministerio Público de la Acusación y organismos nacionales de antecedentes. Incluye una campaña permanente de información y una reglamentación del Ejecutivo dentro de los 60 días de promulgada. Nada de eso corre hasta que el Concejo lo trate: por ahora es una propuesta que espera su paso por comisión. El texto no convierte las multas a pesos.
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